Subvenciones para la instalación de energía solar fotovoltaica en España

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La energía solar es una de las fuentes de energía más prometedoras del mundo debido a su sostenibilidad y su mínimo impacto ambiental. Además, España es uno de los países europeos con más horas de luz solar y esto lo convierte en un territorio idóneo para el uso de este tipo de energía. 

De hecho, en nuestro país hay varias subvenciones disponibles para instalar energía solar fotovoltaica. Estas incluyen: 

  • Subvenciones del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico.
  • Subvenciones de las comunidades autónomas.
  • Subvenciones del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE).
  • Subvenciones del Fondo para la Energía.
  • Ayudas municipales de exención del Impuesto de construcciones, tasas e IBI.

Es importante mencionar que estos programas y subvenciones para proyectos de energía solar pueden estar sujetos a cambios en los requisitos y plazos, por esta razón te aconsejamos consultar las páginas web oficiales de las entidades mencionadas para obtener información actualizada y detallada. 

Programas de Incentivos a la Eficiencia Energética 

Asimismo, el pasado mes de junio el Gobierno de España aprobó el plan para subvencionar las instalaciones de paneles solares en todas las comunidades autónomas y, de esta manera, dinamizar el autoconsumo e impulsar el cambio hacia un modelo energético mucho más eficiente y sostenible. 

Estas ayudas, que se enmarcan en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y están financiadas por los fondos europeos Next Generation, pueden reducir a la mitad la inversión que necesitamos para disponer de autoconsumo solar. 

En este post, te explicamos las características generales de estas subvenciones, los requisitos que debes cumplir para poder solicitarlas y cuáles son las ayudas, bonificaciones y subvenciones a las que puedes acceder según tu comunidad autónoma. 

Recuerda que la convocatoria está abierta todavía, ya que el plazo para solicitar las ayudas finaliza el próximo 31 de diciembre de 2023. 

Estas subvenciones, pensadas para incentivar el autoconsumo, el almacenamiento y los usos térmicos de las energías renovables en nuestro país, están dotadas de una cuantía inicial de 660 millones de euros y están divididas en seis programas de ayudas. 

Asimismo, según recoge el Real Decreto 477/2021, de 29 de junio, por el que se aprueba la dotación de incentivos al autoconsumo y al almacenamiento, las subvenciones de paneles solares pueden ser solicitadas por dos tipos de beneficiarios: empresas (empresas y autónomos) y particulares (casas y comunidades de vecinos/as). 

  • Programa nº1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector servicios, con o sin almacenamiento. Los beneficiarios de este programa pueden ser empresas del sector servicios, cuya subvención puede llegar hasta el 45 % para la instalación de placas solares.
     
  • Programa nº2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. Los beneficiarios de este programa pueden ser empresas de otros sectores, cuya subvención puede llegar hasta el 45 % para la instalación de placas solares.
     
  • Programa nº3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. Los beneficiaros de este programa pueden ser empresas que ya cuenten con instalación, las cuales pueden recibir una subvención de hasta el 65 % para la instalación de baterías solares.
     
  • Programa nº4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. Los beneficiarios pueden conseguir una subvención de hasta 1.110 €/kWp para la instalación de placas solares.
     
  • Programa nº5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las administraciones públicas y el tercer sector. Este programa va destinado a aquellos particulares que ya cuentan con instalación. Pueden acceder a ayudas de hasta 490 €/kWp para la instalación de baterías solares.
     
  • Programa nº6: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Los beneficiarios de este programa pueden ser particulares, cuya subvención puede llegar hasta 490 €/kWp para la instalación de placas térmicas/aerotermia. 

Empresas y autónomos/as: ¿Qué ayudas puedo solicitar? 

Dentro del Plan de Recuperación se enmarcan las subvenciones de paneles solares para empresas, pymes y personas autónomas. 

Por tanto, si eres un/a trabajador/a autónomo/a o tienes una empresa, puedes optar a los programas de incentivos 1, 2 o 3. Según recoge el BOE, en el caso de las empresas, las ayudas a percibir se establecen como un porcentaje del coste subvencionable y son las siguientes: 

  • En las actuaciones de los programas 1 y 2 (instalación de autoconsumo), las grandes empresas podrán recibir ayudas de entre el 15 y el 30 %, las empresas medianas del 25 al 40 % y las pequeñas empresas del 35 al 50 %. 
  • Por su parte, para las actuaciones enmarcadas en los programas 1, 2 y 3 (instalación de almacenamiento), las grandes empresas podrán beneficiarse de hasta un 45 % de subvención, las empresas medianas de hasta un 55 % y las pequeñas empresas de hasta un 65 %. 

Sin embargo, para poder solicitar la ayuda, deberás cumplir una serie de requisitos, entre los que se encuentran: ser una persona jurídica, no tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social, no tener subvenciones pendientes de pago, destinar el pago de la ayuda al objeto de la subvención, que tu empresa no es encuentre en situación de crisis y presentar una declaración responsable alegando que cumples los requisitos. 

Subvenciones para viviendas particulares y comunidades de vecinos/as 

El plan de ayudas también contempla subvenciones destinadas a financiar la instalación de placas solares, baterías o aerotermia para viviendas particulares, comunidades de vecinos/as o tercer sector. 

En este caso, los/as particulares pueden solicitar las ayudas el programa de incentivos 4, 5 o 6. 

Al igual que ocurre con las grandes empresas, pymes y/o personas autónomas, los particulares también deben cumplir una serie de requisitos para poder optar a estas ayudas. Entre ellos se encuentran ser una persona física, no tener subvenciones pendientes de pago, no tener deudas con Hacienda o la Seguridad Social, destinar el pago de la ayuda al objeto de la subvención y presentar una declaración responsable alegando que se cumplen los requisitos. 

Tal y como recoge el BOE, en el caso de residenciales, instalaciones para administraciones públicas o para el sector terciario, se establecen ayudas fijas por cada kWp, según la potencia a instalar. De esta manera, para instalaciones fotovoltaicas de entre 10 kWp y 100 kWp se destina una ayuda de 450 euros/kWp y para instalaciones fotovoltaicas menores o iguales a 10 kWp, se destina una ayuda de 600 euros/kWp. 

Por su parte, las cuantías subvencionables por kWp para administraciones públicas y tercer sector son de 500 euros/ kWp para instalaciones fotovoltaicas de entre 1.000 kWp y 5.000 kWp; de 650 euros/kWp para instalaciones de entre 100 kWp y 1.000 kWp, de 750 euros/kWp para instalaciones fotovoltaicas de entre 10 kWp y 100 kWp y, por último, de 1.000 euros/kWp para instalaciones inferiores o iguales a 10 kWp. 

Ayudas adicionales 

Asimismo, y en línea con los objetivos para hacer frente al Reto Demográfico, aquellos beneficiarios que vivan en municipios de menos de 5.000 habitantes y en los municipios con menos de 20.000 habitantes en entornos rurales, cuyos núcleos de población tengan menos de 5.000 habitantes, podrán acceder a una ayuda adicional del 5 %. 

¿Qué costes de la instalación son subvencionables y cuáles no? 

Siguiendo los criterios y la normativa que regula estas subvenciones, se debe tener en cuenta que los fondos recibidos solo pueden ser utilizados para sufragar los materiales y procedimientos que sean catalogados como subvencionables. 

Las actuaciones que son subvencionables dentro de los programas de incentivos 1, 2 y 4 incluyen actuaciones fotovoltaicas y eólicas para autoconsumo, entendiendo por instalaciones de autoconsumo las que se establecen en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. 

Estas son las actuaciones subvencionables según el programa: 

  • Programas de incentivos 1, 2 y 4: nuevas instalaciones de generación, que podrán llevar asociadas instalaciones de almacenamiento. 
  • Programas de incentivos 3 y 5: integración de instalaciones de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo renovable que ya existen. 
  • Programa de incentivos 6: tecnologías solares térmica, biomasa, geotérmica, hidrotérmica o aerotérmica (exceptuando las tecnologías aire-aire) para climatización y/o agua caliente sanitaria en viviendas. 

A los efectos de este real decreto también son actuaciones subvencionables, dentro de los programas de incentivos 1, 2, 3, 4, y 5, las instalaciones aisladas de la red no reguladas en el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, realizadas en los sectores de aplicación de cada uno de ellos. 

En otras palabras, los fondos otorgados para la instalación de paneles solares no abarcan la totalidad de los gastos, sino aquellos que estén aprobados en la normativa, los cuales son: materiales y equipos, mano de obra, equipamientos electromecánicos, hidráulicos, etc., instalaciones de alta y baja tensión, sistemas de control y monitorización, obras civiles en el caso que sean necesarias, quitar instalaciones antiguas, redacción de proyectos y memorias técnicas, coordinación de Seguridad y Salud de la obra, costes de gestión e informe de autor. 

Por tanto, no serán subvencionables los siguientes costes: IVA, gastos generales o de personal, estudios de impacto ambiental, gastos de promoción, autorizaciones administrativas o permisos, costes de avales, fianzas, multas, tasas o tributos, gastos asociados a otras gestiones, alquiler del terreno para las placas, seguros adicionales, vigilancia durante la ejecución de la obra, remodelaciones de otras líneas eléctricas y adecuación de carreteras hasta la instalación. 

Impuestos desgravables si instalas paneles solares 

Tal y como hemos apuntado al inicio de este post, en nuestro país existen una serie de bonificaciones fiscales para aquellos/as que cuenten con una instalación de este tipo, que pueden clasificarse en dos categorías: aquellas que reducen el costo de la instalación y las que disminuyen los impuestos: 

  1. Bonificación del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI): reducción de este impuesto de hasta un 50 % según la comunidad autónoma.
  2. Deducción del IRPF: en función de la comunidad autónoma donde se hace la instalación, puede ascender hasta un 20%.
  3. Reducción en el Impuesto sobre Construcciones, Instalaciones y Obras (ICIO): se puede llegar a reducir en un 95 %. Hay que tener en cuenta que el ICIO es un impuesto de pago único, lo que significa que solo se puede obtener el descuento una vez. 

Ayudas por comunidades autónomas 

Estas ayudas juegan un papel fundamental a la hora de determinar el período de tiempo necesario para que un hogar recupere su inversión, por lo que es fundamental conocerlas. 

En estas líneas, te explicamos cuáles son las subvenciones, ayudas y bonificaciones que ofrecen las 17 comunidades autónomas para la instalación de energía solar fotovoltaica. 

Andalucía 

  • Subvenciones sobre el precio de instalación: hasta un 90 % del total sobre los costes subvencionables. 
  • Ayudas de hasta un 50 % del impuesto del IBI 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % sobre el impuesto ICIO. 

Aragón 

  • Subvenciones variables en función de la potencia: hasta 2.000 euros/kWp para instalaciones sin acumulación y hasta 3.500 euros/kWp para instalaciones fotovoltaicas con acumulación. 
  • Ayudas de hasta un 50 % del impuesto IBI durante cinco años, según la provincia. 
  • Bonificaciones de hasta un 75 % sobre el ICIO, dependiendo de cada consistorio. 

Asturias 

  • Subvenciones de 800 euros/kWp en instalaciones sin acumulación y 2.000 euros/kWp en instalaciones con acumulación, con un máximo del 40 % de la cuantía total. 
  • Bonificación de hasta un 30 % durante cinco años sobre el IBI, dependiendo de cada localidad. 
  • Bonificaciones de hasta un 30 % sobre el impuesto ICIO. 

Islas Baleares 

  • En el territorio balear se diferencia entre personas físicas y empresas, hasta un máximo de 3 kWp en el caso de las primeras y un máximo de 50 kWp en el caso de las segundas, con un máximo de hasta el 50 % sobre el presupuesto total para las subvenciones. 
  • Ayudas en el IBI del 50 % por un período de tres años. 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % sobre el impuesto ICIO. 

Islas Canarias 

  • Subvenciones de hasta el 45 % sobre el presupuesto total siempre y cuando no exceda de 200.000 euros. 
  • Bonificaciones sobre el impuesto IBI en instalaciones solares fotovoltaicas de hasta un 50 % durante cinco años, según la normativa de cada isla. 
  • Bonificaciones sobre el ICIO de hasta un 90 %. 

Cantabria 

  • Ayudas de hasta el 40 % del presupuesto total. 
  • Bonificación sobre el IBI que oscilan entre el 30 y el 25 % durante cinco años, dependiendo de la zona. 
  • Bonificaciones sobre el impuesto ICIO de hasta un 95 %. 

Castilla – La Mancha 

  • Subvenciones de hasta un 30 % del presupuesto total, con un máximo de 30.000 euros por instalación. 
  • Bonificaciones del 30 % sobre el Impuesto de Bienes Inmuebles por un periodo de cinco años. 
  • Bonificaciones de hasta un 60 % sobre el impuesto ICIO. 

Castilla y León 

  • Subvenciones de hasta el 40 % del total de la instalación 
  • Ayudas sobre el impuesto IBI del 50 % durante 5 años, dependiendo del territorio. 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % sobre el impuesto ICIO. 

Cataluña 

  • Las ayudas en esta comunidad autónoma pueden alcanzar el 50 % del presupuesto total. 
  • Bonificación del IBI en instalaciones fotovoltaicas del 50 % durante cinco años. 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % sobre el impuesto ICIO. 

Comunitat Valenciana 

  • Subvenciones del 20 % sobre el precio de la instalación, con un máximo de 200.000 euros. 
  • Deducciones sobre el IBI del 50 % durante 10 años en función de cada provincia. 
  • Bonificaciones sobre el ICIO de hasta un 95 %. 

Extremadura 

  • Subvenciones de hasta un 40 % del total, con un máximo de 33.000 euros por instalación. 
  • Ayudas sobre el IBI del 30 % durante cinco años. 
  • Bonificaciones sobre el impuesto ICIO de hasta un 95 %. 

Galicia 

  • Las ayudas para instalar placas solares en Galicia son del 50 % sobre el presupuesto total, con un máximo de 60.000 euros. 
  • Deducción del 50 % durante tres años sobre el impuesto IBI. 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % en el impuesto ICIO. 

La Rioja 

  • Subvenciones del 30 % con un máximo de 200.000 euros sobre el presupuesto total de la instalación. 
  • Ayudas para la deducción sobre el IBI del 25 % por un período de 3 años. 
  • Bonificaciones sobre el ICIO de hasta un 30 %. 

Comunidad de Madrid 

  • Las subvenciones pueden llegar hasta el 30 % del presupuesto total. 
  • Ayudas en la desgravación del IBI del 30 % durante tres años, dependiendo del consistorio. 
  • Bonificaciones de hasta un 95 % sobre el impuesto ICIO. 

Murcia 

  • Ayudas del 25 %, 35 % o 45 % que pueden ampliarse en un 20 % más en el caso de instalar almacenamiento de baterías. 
  • La deducción sobre el IBI puede alcanzar el 30 % durante 3 años. 
  • Bonificaciones sobre el ICIO de hasta el 50 %. 

Navarra 

  • En Navarra no se ofrecen ayudas ICIO ni bonificaciones sobre el IBI ya que esta comunidad no aplica este impuesto. Sin embargo, hay disponibles ayudas para instalaciones fotovoltaicas de autoconsumo que se basan en los porcentajes en función del tipo de instalación. 
  • Ayudas: deducción fiscal de un 25 % sobre el IRPF. 
  • Bonificaciones en instalaciones de autoconsumo asilado con baterías: 10 % más. Para instalaciones de autoconsumo compartido se incrementa un 5 %. 

País Vasco 

  • En el País Vasco hay disponibles ayudas y subvenciones dependiendo del tipo de proyecto. 
  • Bonificación sobre el IBI del 50 % por un periodo de cinco años. 
  • Bonificación máxima del 50 % del coste de la instalación. 

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